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Se vuelve a retrasar Verifactu

Se prevé que las nuevas reglas aplicables a los SIF no serán obligatorias hasta octubre de 2028.

Se vuelve a retrasar Verifactu

Si su empresa emite sus facturas a través de un sistema informático de facturación (SIF), sepa que la Agencia Tributaria ha hecho pública una nota informativa comunicando que se va a volver a posponer la entrada en vigor de los nuevos requisitos que iban a tener que cumplir dichos sistemas a partir de 2027. Ahora está previsto que dicha entrada en vigor se produzca en octubre de 2028.

Este nuevo retraso tiene como objetivo hacer coincidir los calendarios de implantación de dichos sistemas (Verifactu y no Verifactu) con la entrada en vigor de la obligatoriedad de la factura electrónica para empresas y profesionales cuya facturación anual no supere los ocho millones de euros.

Esta prórroga supone un margen adicional para que su empresa pueda adaptarse de forma adecuada a los nuevos requisitos técnicos y operativos de los SIF y elegir el tipo de sistema que más le convenga. A estos efectos, recuerde que:

  • Sistemas Verifactu. Una alternativa es optar por un sistema Verifactu, con el que cada vez que su empresa emita una factura, enviará un registro de facturación a Hacienda por vía electrónica.

  • Sistemas No Verifactu. Otra opción es elegir un sistema No Verifactu, que no remitirá dichos registros de forma automática, pero que debe cumplir más requisitos técnicos que garanticen la integridad e inalterabilidad de los datos. Por ejemplo, en esta modalidad de SIF todos los registros deberán firmarse electrónicamente.

En cualquier caso, tenga en cuenta que esta información tiene su origen en una nota informativa y que está pendiente que se publique en el BOE la norma que establezca la ampliación de dicho plazo de entrada en vigor. 


 

Resolveremos las dudas que se le planteen respecto a la implantación de la factura electrónica y de los nuevos sistemas de facturación.

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