ICONOS FINALES-TRAZADOS

Alcance de la comprobación

Si Hacienda amplía el alcance de una comprobación, debe notificarlo en el momento adecuado.

Alcance de la comprobación

En general, las comprobaciones limitadas se ponen en marcha si existen discrepancias entre las declaraciones presentadas (o dejadas de presentar) y la información en poder de Hacienda. En la comunicación de inicio Hacienda debe indicar el alcance de las actuaciones (impuesto u obligación formal y período al que se refieren), y en ellas sólo puede comprobar el cumplimiento de una determinada obligación tributaria.

Eso sí: Hacienda puede acordar la ampliación o reducción del alcance de la comprobación, acuerdo que debe notificarse (indicando las razones que llevan a adoptarlo) con carácter previo a la apertura del plazo de alegaciones.

No obstante, en ocasiones Hacienda comunica dichas ampliaciones de forma simultánea a la notificación de la propuesta de liquidación y a la apertura de dicho plazo de alegaciones. En ese caso:

  • Los tribunales consideran que esta forma de actuar de Hacienda no es correcta: simultáneo no es previo.
  • Además, no se trata de un mero vicio o irregularidad de escasa importancia (que daría lugar a una posible retroacción de actuaciones), sino que constituye una infracción sustantiva de la ley que da lugar a la nulidad de todo lo actuado. 
  • En estos casos, por tanto, el plazo de prescripción no se considera interrumpido por el inicio de la comprobación.

 

Nuestros profesionales le asistirán en cualquier comprobación iniciada por los órganos de gestión o inspección de Hacienda.

Newsletter de actualidad

* Campos obligatorios

INFORMACIÓN DE PROTECCIÓN DE DATOS

Responsable

ECONOMIC BUSINESS SYSTEMS CONSULTING, S.L.

Finalidades

Gestión y contacto con usuarios; Los datos solicitados a través del formulario de contacto, enviados a través del email o proporcionados a través del teléfono publicado en nuestra web serán utilizados para contestar a su consulta y enviarle información sobre nuestra organización y servicios. Las consecuencias de no facilitarnos estos datos será la imposibilidad de contactarle y proporcionarle una respuesta a su solicitud. Usted tiene derecho a recibir respuesta a cualquier pregunta, consulta o aclaración que le surja derivada de este formulario o de los demás medios de contacto publicados en la web corporativa, llamándonos, enviándonos un email o visitando nuestras instalaciones.

Legitimación

(Art. 6.1.a RGPD) Consentimiento del interesado; (Art. 6.1.f RGPD) Interés legítimo del Responsable del Tratamiento o de terceros. Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales (LOPDGDD) 3/2018, Reglamento (UE) 2016/679 relativo a la protección de datos personales

Conservación

Otros. Guardamos sus datos únicamente por el tiempo necesario para atender la solicitud de información o si hay alguna obligación legal o interés legítimo al respecto.

Destinatarios

No cedemos sus datos a nadie, pero podemos permitir su tratamiento por parte de terceros únicamente por motivos técnicos, legales y/o de prestación del servicio.

Transferencias internacionales

No hay previsión de realizar transferencias internacionales de sus datos personales

Derechos y + info

el email nfernandez@ebserco.com o en nuestras instalaciones ubicadas en Calle Sant Pelegri, 109, 25300 Tàrrega (Lleida) España.

Puede usted acceder al aviso legal y a la información completa aquí


Desliza para activar el botón